18.03.22 - Redacción Perú - Fuente: Elizabeth Salazar Vega– Ojo Público
SENTENCIA. Fujimori fue condenado a 25 años de cárcel, en 2009, por homicidio calificado, secuestro agravado y lesiones graves.
El expresidente Alberto Fujimori, condenado por corrupción y delitos contra los derechos humanos, será excarcelado del penal de Barbadillo en las próximas horas, luego que el Tribunal Constitucional fallara a favor de restituir su indulto. En 2018 la Corte IDH también se pronunció en contra de la medida y señaló que los crímenes contra la humanidad no pueden quedar impunes.
El Pleno del Tribunal Constitucional declaró fundado el hábeas corpus que presentó la defensa del expresidente Alberto Fujimori para que se restituya el indulto que se le otorgó en diciembre de 2017. La medida es de ejecución inmediata, por lo que el condenado por delitos contra los derechos humanos deberá salir del penal de Barbadillo en las próximas horas.
La audiencia se inició a las 9:30 am del jueves y no se transmitió de manera pública. Hasta el momento tampoco se ha difundido el fallo completo. El ponente de la causa fue Ernesto Blume Fortini, y su posición fue respaldada por José Luis Sardón y el presidente del tribunal, Augusto Ferrero Costa, quien usó su voto dirimente para lograr el desempate. Los magistrados que votaron en contra fueron Eloy Espinoza-Saldaña, Marianella Ledesma y Manuel Miranda.
En 2019, en una entrevista con Cuarto Poder, Ferrero Costa admitió que se reunió con la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, dos años antes, cuando se evaluaba su elección como miembro del ente constitucional. Él sostuvo que el encuentro formó parte de las reuniones que aceptó con diferentes bancadas del Congreso, y que en la cita recibió elogios de la excandidata presidencial.
De acuerdo al procedimiento, el fallo del TC será enviado al juez de ejecución penal supremo, y es este quien dispondrá la excarcelación para que sea llevada a cabo por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE). En 2009, Fujimori fue sentenciado a 25 años de prisión como autor mediato de las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta; y por los secuestros del periodista Gustavo Gorriti y el empresario Samuel Dyer. El expresidente, de 83 años, debía cumplir su condena hasta febrero de 2032.
MAGISTRADOS. De izquierda a derecha: Eloy Espinoza-Saldaña, Ernesto Blume, Augusto Ferrero, Marianella Ledesma y Manuel Miranda. Foto: TC
Los abogados que impulsaron el expediente
El hábeas corpus fue presentado en Ica, el 11 de noviembre de 2020, bajo la modalidad de representación oficiosa, que se refiere a la acción de interponer una demanda sin tener relación legal con el defendido. Su autor es Gregorio Parco Alarcón, presidente de la Federación Nacional de Abogados, una entidad sin personería jurídica, y a quien el defensor de Fujimori, César Nakasaki, dice no conocer.
“No lo conozco a él ni tengo conocimiento de si esa organización tiene vigencia. Me enteré ayer (miércoles) que el Tribunal iba a evaluar el hábeas corpus y, anoche mismo, ingresé nuevos escritos para actualizar el diagnóstico médico de Fujimori, quien padece insuficiencia aórtica y fibrosis pulmonar”, señaló Nakasaki en diálogo con OjoPúblico.
Él sostiene que es el único abogado del expresidente para los casos penales y hábeas corpus. “Considero como una acción antiética la representación oficiosa, pero en este caso el fallo beneficia a mi defendido”, añadió. Sin embargo, los archivos del expediente 02010-2020-HC dan cuenta que el 28 de diciembre de 2021 el mismo Fujimori presentó un escrito al TC en el que pide sumarse a la demanda de Parco Alarcón y designa otros abogados.
OFICIO. En diciembre pasado, Fujimori se sumó a la demanda de hábeas corpus que presentó un tercero a su favor. Documento: TC
Según el oficio, el condenado por delitos contra los derechos humanos nombra como defensores a Nathaly Santillán Romero y Elio Fernando Riera Garro, ambos del Estudio Elio Riera Garro, y cita como domicilio procesal dicho bufete. Este abogado, quien acudió ayer al penal de Barbadillo, también fue representante legal de Fuerza Popular en las investigaciones por financiamiento ilícito que investiga el Equipo Especial de Fiscales del Caso Lava Jato. Elio Riera, además, ejerció la defensa de Hiro y Sachi Fujimori Higuchi por presunto lavado de activos a través de operaciones sospechosas con la empresa Limasa. “De Elio sé que es asistente de Keiko (Fujimori). Él a veces me facilita en llevar escritos para que los firme Fujimori. No sabía que lo estaba representando en el hábeas corpus”, señala Nakasaki. Consultado al respecto, Riera Garro indicó que ha sido abogado de Fujimori Fujimori en procesos anteriores y fue defensor de Fuerza Popular hasta hace cinco meses, pero mantiene su representación en el caso Limasa. «Tampoco conozco a Parco Alarcón, pero nos sumamos al caso porque era beneficioso», añadió.
La Corte IDH cuestionó el indulto
El fallo del TC restituye los efectos de la Resolución Suprema 281-2017-JUS, del 24 de diciembre de 2017, a través del cual Kuczynski Godard concedió el indulto humanitario a Fujimori por razones humanitarias. El 15 de junio de 2018 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó al Poder Judicial y al Tribunal Constitucional que revisen la legalidad de la gracia presidencial, pues identificó «serios cuestionamientos» en el cumplimiento de los requisitos jurídicos y la objetividad de la Junta Médica Penitenciaria para concretar el indulto.
Meses después, en octubre de 2018, la Corte Suprema anuló este beneficio y dispuso el retorno de Fujimori Fujimori a prisión, tras confirmar que se cometieron siete irregularidades para liberarlo. Estos son: la falta de imparcialidad en la Junta Médica, integrada por el médico de cabecera del sentenciado; incongruencias en las actas que emitió este grupo de trabajo, irregularidades en el informe social y falta de corroboración médica.
Asimismo, el juez alertó sobre la falta de motivación y la inusitada rapidez para resolver el caso y, sobre todo, indicó que el derecho penal internacional no permite amnistiar a responsables de crímenes contra la humanidad. Al respecto, indicó que la Corte Suprema y la Corte IDH describen las matanzas de la Cantuta y Barrios Altos como tales.
2017. En esta foto, del 2017, los familiares de las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta, se pronunciaron en conjunto para rechazar el primer indulto a Fujimori. Foto: OjoPúblico
Precisamente, la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh) informó que un grupo de organizaciones por los derechos humanos presentó un pedido de medidas cautelares ante la Corte IDH para garantizar el acceso a la justicia e incumplimientos del derecho internacional. El abogado de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta, Carlos Rivera, detalló que, como parte de este trámite, se envió a la Corte una solicitud de intervención y supervisión de cumplimiento de la sentencia contra Fujimori. «Cuando la Corte emite una sentencia de fondo, como en el caso Barrios Altos y La Cantuta, también inicia un proceso de supervisión de cumplimiento. Estamos todavía en esa etapa, y ante fallos como el actual, que vulneran sus disposiciones, se puede solicitar una audiencia de supervisión. La Corte había previsto una audiencia sobre Barrios Altos en su periodo de sesiones, que comienza la próxima semana, y pueden cambiar su agenda para incluir este tema», añadió. Múltiples organizaciones civiles como Amnistía Internacional, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), la Asociación de Mujeres Peruanas Afectadas por las Esterilizaciones Forzadas (Ampaef), la Comisión de Derechos Humanos (Comisedh) y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (Cnddhh), entre otros, se han pronunciado en contra del fallo del TC y se solidarizan con las víctimas y sus familiares en su búsqueda de justicia. El abogado Riera Garro, por su parte, sostiene que defenderán la tipificación exacta de la sentencia que recibió Fujimori, que fue por los delitos de homicidio calificado, secuestro agravado y lesiones graves. «La Corte Interamericana o el Poder Judicial pueden describir e interpretar que los casos Barrios Altos y la Cantuta calzan con hechos de lesa humanidad, pero si eso no aparece en el Código Penal ni la condena final, consideramos que no se le puede atribuir. Esa será nuestra postura de defensa», añadió.
Fuente foto: Andina.
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