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Foto del escritor Verushka Villavicencio Vinces

Agenda pendiente: anulación del matrimonio infantil

El 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, el Estado Peruano promulgó la Ley N°31945 que erradica el matrimonio entre y con personas menores de 18 años.



Este logró respondió a una agenda de defensa de los derechos de las niñas promovida por la cooperación internacional sustentada en las cifras de la RENIEC que registraron entre el 2012 y el 2022 más de 4,300 matrimonios infantiles forzados.

Cerrado el capítulo de incidencia política en el Congreso para la aprobación de la norma junto a un abordaje en los medios de comunicación, se abrió otra agenda: la promoción de los derechos de las niñas a fin que soliciten la nulidad del matrimonio producido antes de la promulgación de la ley.



Entonces, existiría 4,300 matrimonios infantiles que pueden ser anulados por la persona menor de 18 años, sin intermediarios, según la única disposición transitoria de la norma. Dentro de esta cifra, se encontrarían más de 400 casos de menores de 16 años. Este paso restituiría por completo la libertad de las niñas que fueron forzadas a contraer matrimonios que probablemente encubrieron situaciones de violación e incesto. Queda claro que las niñas requerirán soporte y acompañamiento especializado y que es imprescindible que culminen sus estudios escolares junto a un escenario de oportunidades que faciliten la inserción laboral en el corto plazo pues la reposición de su dignidad implicaría darle el sostenimiento necesario para que culmine su educación sin que la maternidad sea una limitación.

De esta forma, la norma señala el camino a seguir para que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables inicie un programa para la restitución de derechos que aplique las disposiciones legales correspondientes, de acuerdo a cada caso. Quedaría por resolver lo que se debería aplicar con la persona que ejerció el acto violento, al comprobarse el ilícito. Ciertamente el despliegue no será fácil, pero se trata de la defensa de los derechos de las niñas que se puede lograr con un correcto gerenciamiento de una hoja de ruta que comprenda un proceso en fases. 



Otro reto para este programa es la atención sin revictimización de las niñas con discapacidad que requerirán los ajustes razonables necesarios para dar a conocer su verdad mediante el uso de sistemas de comunicación adaptados para diferentes tipos de discapacidad: física, sensorial, mental y cognitiva.

Nuestro país ha sido pionero en legislaciones que marcaron hitos internacionales en la defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Esta es una oportunidad para marcar la diferencia y nutrir el Objetivo de Desarrollo Sostenible 5 asociado a la prevención de la violencia contra la mujer y las niñas.

Es la hora de la gestión y la articulación entre los diversos sectores involucrados.


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